Tarjeta amarilla a los partidos

Foto: Una hoja de papel

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha suspendido a once partidos políticos por hacer campaña antes de la convocatoria a elecciones. Anunció la posibilidad de esta suspensión hace treinta días, dando un tiempo razonable para que los partidos retiraran su propaganda ilegal y evitaran la sanción. Por distintas razones –falta de voluntad o simple desorganización, entre otras- algunos partidos no lo hicieron, y hoy están suspendidos. Vale la pena detenerse a comprender la importancia de esta medida.

La Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP, Decreto 1-85) no prohíbe expresamente que se realice propaganda antes de la convocatoria a elecciones. La regulación del tiempo de campaña está establecida en el Reglamento General de la LEPP, emitido por el TSE, y está estrechamente vinculada con el régimen de financiamiento partidario.

Hasta 2004, la LEPP contenía escasas disposiciones en materia de financiamiento de partidos políticos. En esa fecha, como consecuencia de una discusión iniciada a mediados de los años 90, con la firma del Acuerdo de reformas constitucionales y régimen electoral, se reformó el decreto 1-85 y se introdujo la obligación de los partidos de rendir cuentas al TSE y transparentar sus finanzas. Además, se le dio a dicho Tribunal la potestad (no necesariamente la capacidad real) de fiscalizar a las organizaciones políticas. Adicionalmente se introdujo el límite de gastos de campaña. A partir de dicha reforma, los partidos no podían gastar, en una sola campaña, más de USD1.00 por cada ciudadano empadronado al 31 de diciembre del año anterior. Sin embargo, los legisladores no identificaron un punto de inicio y de final para el cálculo de los gastos de los partidos políticos. Esta fue una de las muchas falencias de la reforma de 2004; algunas fueron corregidas en una reforma posterior, pero el límite quedó sin referencias temporales. De esta cuenta, en 2007, el TSE reforma el Reglamento general y da coherencia al límite de gastos: La propaganda electoral estaría prohibida antes de la convocatoria a elecciones, y los montos gastados en propaganda antes de esa fecha serían deducidos del límite para la campaña legal.

Lo posterior es notorio. La mayoría de partidos han incumplido, tanto el tiempo de campaña como el límite de gastos, burlándose de los ciudadanos, del órgano electoral y de la ley. Por esto la medida del TSE es tan acertada, urgente y necesaria. Hay que apoyarla y denunciar su incumplimiento.

Columna publicada en el DCA, el 9 de julio de 2014

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